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El Instituto Nacional de Seguridad Social es la entidad es el competente para reconocer este derecho.

Más información.

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Es necesario obtener un informe médico en el que indique que está incapacitado para trabajar, la causa o diagnóstico y la duración previsible de esa situación. Dicho informe deberá estar legalizado mediante la Apostilla de La Haya.

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Deberá enviar el informe médico a la Dirección Provincial del INSS correspondiente a su alta en la empresa o a la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en Estados Unidos y Puerto Rico por correo Postal (2375 Pennsylvania Ave. NW, 20037 Washington DC). Recomendamos adelantarlo vía e-mail a estadosunidos@mites.gob.es.

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Deberá enviar los informes médicos de confirmación de la baja a la Dirección Provincial del INSS correspondiente a su alta en la empresa o a Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en Estados Unidos y Puerto Rico por correo Postal (2375 Pennsylvania Ave. NW, 20037 Washington DC). Recomendamos adelantarlo vía e-mail a estadosunidos@mites.gob.es.


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