CAMPAÑA ACREDITACIÓN DE VIVENCIA 2026 PARA PENSIONISTAS Y RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

CAMPAÑA ACREDITACIÓN DE VIVENCIA 2026 PARA PENSIONISTAS BENEFICIARIOS DE PRESTACIÓN ESPAÑOLA Y RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

Fecha de publicación: 25/03/2026
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Los pensionistas residentes en el extranjero que perciben una pensión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y del Instituto Social de la Marina (ISM) tienen la obligación de acreditar la vivencia cada año.

En el presente año 2026, la acreditación deberá realizarse en dos ocasiones:

  • Entre el periodo de 1 enero a 31 de marzo 2026 y
  • Entre el 1 al 30 de septiembre de 2026

Quedan obligados a acreditar su vivencia:

  • Los pensionistas de la seguridad social española residentes en el extranjero.
  • Los cónyuges. Si el pensionista es perceptor del complemento por mínimos por cónyuge a cargo en el mismo plazo anterior.

Los medios de acreditación de vivencia se relacionan en la Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones por la que se determinan los medios de acreditación de la vivencia de las personas perceptoras de pensiones a cargo de la Seguridad Social española, en su modalidad contributiva, residentes en el extranjero.

Son los siguientes:

  • Certificado de Vida expedido por el encargado del Registro Civil Consular o por la institución competente de aquellos países con los que existe una norma internacional de coordinación en materia de Seguridad Social. Estos documentos originales pueden ser remitidos vía GEÍSER a la Dirección Provincial del INSS competente.
  • Certificado de comparecencia expedido por las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social ante la que se hubiera personado. La personación puede realizarse presencialmente o por videoconferencia en la que se muestre el documento identificativo oficial y facilite la información o los datos de contraste que sean solicitados a efectos de su identificación.
  • Certificado electrónico emitido a través de la aplicación móvil VIVESS. Para más información sobre las funcionalidades de la aplicación VIVESS, consulte la información en nuestro apartado NOVEDADES.