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25/03/2026

Los receptores de pensiones del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) residentes en el exterior, deben acreditar su vivencia durante el primer trimestre natural (hasta el 31 de marzo), para poder seguir cobrando su prestación o pensión.

Además, y como novedad, en 2026, la acreditación deberá realizarse en dos ocasiones:

  • Entre el periodo de 1 enero a 31 de marzo 2026 y
  • Entre el 1 al 30 de septiembre de 2026