Retorno a España


Aviso

Si vives en el extranjero y estás pensando en volver a España, la siguiente información puede interesarte.

Oficina española del retorno y Guía del retorno

Se ha creado esta oficina para dar respuesta a los diversos aspectos relacionados con el retorno. Infórmate en este enlace: Oficina Española del Retorno

Existe además una guía donde podrás consultar todas tus dudas en relación con los trámites previos al retorno, los trámites al llegar a España, información sobre desempleo, asistencia sanitaria, pensiones, protección social, educación, programas de juventud y deporte y evaluación y acreditación de competencias profesionales. 

Exportación de prestaciones y/o cotizaciones

Exportación de la prestación por desempleo

Para cobrar una prestación por desempleo en España, dependerá de la vida laboral anterior en Países Bajos y en España:

  • Se puede exportar la prestación neerlandesa de desempleo, en caso de que se tuviese reconocida esta prestación.
  • O se puede solicitar una prestación por desempleo en España si se tuviese reconocido suficiente periodo de cotización con anterioridad a la salida de España y se reúnen los requisitos necesarios, que aparecen en la Guía del retorno.

Si estás cobrando una prestación por desempleo en Países Bajos, puedes seguir cobrándola en España si la finalidad de tu traslado es buscar empleo. Puedes exportar la prestación que recibes de Países Bajos a España, siempre que se trate de prestaciones contributivas, por un período máximo de 3 meses (según los Reglamentos Comunitarios de la Seguridad Social), pudiendo autorizarse la prórroga del período de desplazamiento por otros 3 meses hasta un máximo de 6. Tienes que solicitar el formulario comunitario U2 al organismo holandés gestor de los seguros de trabajadores UWV. Para tener derecho a exportar la prestación, es necesario cumplir los requisitos explicados en la web de UVW, aquí puedes consultar toda la información.

Una vez en España, se debe entregar el documento U2 en las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal, en un plazo máximo de 7 días desde la fecha que figure en el formulario U2.

Exportación de las cotizaciones en materia de desempleo

Si tienes que acreditar, a efectos de la prestación por desempleo en España, los periodos anteriores en que tuviste empleo y estuviste asegurado en Países Bajos, debes solicitar el formulario U1 (antiguo formulario E 301) en el UWV. Consulta toda la información en este enlace: Requesting Form PD U1.

Si no presentas el documento al SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), organismo que tramita tu solicitud de prestación por desempleo en España, el SEPE también puede obtener directamente de Países Bajos la información necesaria. Ten en cuenta que presentar un formulario U1 debidamente cumplimentado acelerará el trámite.

Exportación de prestaciones por enfermedad o por incapacidad laboral de larga duración

Si piensas cambiar tu domicilio a España manteniendo el derecho a una prestación por razón de enfermedad o de incapacidad laboral, ten en cuenta que necesitas autorización expresa del UWV, organismo gestor de estas prestaciones. Infórmate en este enlace: Internationaal.

Debes facilitar la evaluación de tu situación médica, en el país de residencia, o también es posible que UWV te convoque para someterte a reconocimiento médico en Países Bajos.

Al cambiar tu residencia fuera de los Países Bajos dejas de estar asegurado para la pensión de vejez (AOW) y la pensión de supervivencia (Anw). Es posible en ese caso concertar un seguro voluntario y abonar la cuota correspondiente para seguir constituyendo derechos a una de estas pensiones o a ambas. Más información sobre esta posibilidad en la web de SVB.

Para saber si en tu situación mantienes derechos a la asistencia sanitaria con cargo al seguro neerlandés, es necesario comunicar el cambio de residencia al organismo holandés CAK, que expedirá el correspondiente formulario S1/121 para entregarlo en una oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social, una vez en España. Además, el CAK calculará la cuota a abonar en ese caso.

Exportación de la pensión

Si eres pensionista de la seguridad social neerlandesa y deseas marcharte definitivamente a España, debes comunicar a todos los organismos que te abonan una pensión, el cambio de domicilio y cuenta bancaria. Además, debes comunicar que dejas los Países Bajos a la aseguradora con la que tienes concertado el seguro básico de asistencia sanitaria.

Para acceder a las prestaciones de asistencia sanitaria en España:

  • en el caso de no tener pensión española, debes solicitar al organismo holandés CAK que expida el formulario comunitario S1/121 para que, una vez en España, el Instituto Nacional de la Seguridad Social pueda inscribirte como pensionista.
  • en el caso de tener pensión española, el Instituto Nacional de la Seguridad Social de la provincia donde te instales o cualquiera de sus agencias locales, te entregará la tarjeta de pensionista español. En este caso no es necesario solicitar el formulario S1.

Otros trámites

Ante el Consulado de España en Países Bajos

Si estás inscrito en el Registro de Matrícula consular, solicita tu baja en el Consulado General de España en Ámsterdam, a efectos de poder empadronarse en España.

Ante las autoridades neerlandesas

Si has residido y/o trabajado en Países Bajos y vuelves a España, no olvides solicitar ante el SVB una relación de los períodos de seguro para la pensión de vejez (AOW). En la web de SVB está disponible además, el formulario de solicitud.

  • Ayuntamiento

La baja en el registro debe realizarse 5 días antes de la salida del país, en el Ayuntamiento donde estás registrado. Cómo realizar el trámite dependerá de tu Ayuntamiento, infórmate antes.

  • Correo postal

Si piensas que puedes recibir algún tipo de notificación oficial por correo ordinario, puedes optar por el servicio de reenvío de correspondencia de Post.nl.

Información del Instituto Neerlandés de Migración NMI

El Instituto Neerlandés de Migración (NMI) ofrecía asesoramiento especializado a migrantes o refugiados que deseaban retornar voluntariamente a su país de origen. Hasta el pasado 31 de diciembre de 2024 era posible solicitar una ayuda económica para el retorno voluntario. Con la desaparición de esta ayuda también el NMI dejó de existir. La página web actual del NMI ofrece información sobre los trámites anteriores a la salida de Países Bajos y en ella se encuentran enlaces de interés de apoyo y asesoramiento que ofrecen los ayuntamientos u otras organizaciones.

Página web: Nederlands Migratie Instituut

En materia de asistencia sanitaria

Consulta este enlace: Aanmelden bij het CAK para conocer la asistencia sanitaria que te corresponde en función de tu situación personal.

Recuerda darte de baja en la aseguradora con la que tienes concertado el seguro de asistencia sanitaria en Países Bajos.

En materia de formación y títulos

Consulta todo lo relativo a Educación en la Guía del retorno.

Solicitud de exención fiscal en Países Bajos cuando retornas y exportas tu pensión o prestación y cambias tu residencia fiscal a España

Al retornar a España con una pensión de vejez estatal AOW, pensión complementaria de un fondo de pensiones o prestación contributiva, puedes solicitar en Países Bajos exención del pago de las cotizaciones para los seguros nacionales y/o del impuesto sobre la renta. Esta solicitud puede presentarse ante el servicio de impuestos neerlandés Belastingdienst, en el caso de que efectivamente cambies tu residencia fiscal. A la solicitud deben adjuntarse los justificantes de las pensiones o prestaciones, certificado de empadronamiento y certificado de residencia fiscal en España, que puedes solicitar en la Agencia Tributaria, una vez estés en España.
El formulario de solicitud está disponible en el siguiente enlace: Aanvraag Vrijstellingsverklaring voor loonbelasting en/of premie volksverzekeringen
España tiene con Países Bajos un convenio fiscal para evitar la doble imposición. El texto de este convenio puedes encontrarlo en la página de la Agencia Tributaria.

Planes e iniciativas de retorno