Seguridad Social y Asistencia Sanitaria


Como ciudadano español, y, por lo tanto, de la Unión Europea, tienes una serie de derechos en materia de seguridad social, sobre los que puedes informarte, de forma general, en los siguientes enlaces de la web oficial de la Unión Europea:

En la web de la Seguridad Social española puedes consultar los Reglamentos comunitarios de coordinación en materia de Seguridad Social Nº 883/2004 y Nº 987/2009 que entraron en vigor en 2010 y ejercen la misma función que los anteriores (1048/71 y 574/1972); es donde se establecen los principios generales de coordinación de los sistemas y las reglas para su aplicación. Como todos los Reglamentos europeos, tienen carácter obligatorio y aplicación directa en todos sus elementos, sin necesidad de ser transpuestos y tienen primacía sobre las normas internas de los Estados miembros.

La Seguridad Social en Países Bajos

Información del gobierno neerlandés sobre los derechos y obligaciones en materia de Seguridad Social en Países Bajos en este enlace: Topics Taxes, benefits and allowances

Oficinas de enlace para trabajadores desplazados y formularios, Seguridad Social de Países Bajos:

Pensiones y otras prestaciones

La Seguridad Social en los Países Bajos consiste en seguros nacionales y seguros de los trabajadores:

Además, los Países Bajos, tiene desplegada otra red de ayudas sociales públicas:

Existen otras ayudas financiadas por el gobierno, a través de los impuestos, para personas que carecen de suficientes medios de subsistencia o desempleados (de larga duración), por situaciones de incapacidad laboral o situaciones de dependencia. Son responsables de la gestión de estas prestaciones los ayuntamientos o en algunos casos los órganos ejecutores de la seguridad social.

Otras ayudas del gobierno holandés son las subvenciones para compensar (en parte) los gastos de alquiler de vivienda, los gastos del seguro de asistencia sanitaria y los gastos de guardería para hijos menores. Estas ayudas se solicitan al servicio de impuestos Belastingdienst y se calculan en función de los ingresos.

Hay que tener en cuenta que se abonan en modo de anticipo y una vez la Agencia Tributaria obtenga la información sobre los ingresos definitivos del año en cuestión, a través de la declaración de la renta anual, se calcula el importe definitivo de la ayuda. Este cálculo definitivo puede resultar en una cuantía a favor o una cuantía a devolver. Más información sobre la solicitud en este enlace: I want to apply for a benefit.

Para información sobre las cuantías de las prestaciones y el salario mínimo legal en Países Bajos puedes consultar este enlace: Uitkeringsbedragen per 1 juli 2024.

Asistencia sanitaria en Países Bajos

El seguro de asistencia sanitaria en Países Bajos es un seguro obligatorio y debe concertarse personalmente con una aseguradora. La falta de contratación de este seguro está sancionado con una multa, además de tener que abonar todos los gastos de la atención médica que se hubiera recibido.

Usted puede elegir la aseguradora con la que desea concertar el seguro. Puede encontrar información comparativa y una explicación sobre las diferentes pólizas existentes de seguro básico obligatorio y el seguro complementario opcional, en este enlace: Comparar seguros médicos • Zorgverzekering.org.

Si desea comparar precios entre aseguradoras puede consultar la página web de Zorgwijzer en español.

Para obtener información sobre las situaciones en las que existe la obligatoriedad de tener un seguro de salud básico en Países Bajos, puede consultar la información del Gobierno holandés en los siguientes enlaces:

Para más información sobre concertar un seguro de gastos médicos puedes llamar al teléfono: 0800-6464644 o +31-88-9006960 o consultar la web Zorgverzekeringslijn.

Si trabaja para una empresa de trabajo temporal (ETT) en Países Bajos, le puede interesar esta información que ofrecemos sobre lo que debe tener en cuenta cuando vaya a trabajar para una ETT en Países Bajos, Apartado 6.

La tarjeta sanitaria europea constituye el documento que acredita el derecho a recibir asistencia sanitaria durante la estancia temporal en otro país de la Unión Europea (además de en Liechtenstein, Islandia, Noruega y la Confederación Suiza) a los afiliados a la seguridad social, trabajadores, pensionistas, familiares de los anteriores, así como a los beneficiarios por su condición de personas sin recursos.

Consulta toda la información aquí: Tarjeta Sanitaria Europea (TSE).

Recuerda que si necesitas solicitar el reembolso de tus gastos médicos puedes acudir a este enlace: Reembolso de gastos.

Si has venido a Países Bajos en búsqueda de empleo y has exportado tus prestaciones por desempleo, tienes cubierta la asistencia sanitaria durante tres meses (o seis en caso de prórroga) siempre que dispongas de tu TSE.

Durante una estancia temporal en Países Bajos, las prestaciones en especie serán las que establece la Ley de Asistencia Sanitaria (ZVW) y la Ley de Asistencia y/o cuidados de larga duración (Wlz), al igual que rige para las personas residentes en Países Bajos.

Antes de salir de España, se deberá venir provisto de la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE), tal y como explicamos en las recomendaciones antes de salir de España. Los citados documentos deben tener validez en el momento de recibir la asistencia necesaria.

Una vez en Países Bajos, el titular de la tarjeta o en su caso, del Certificado Provisional Sustitutorio (CPS), en caso de urgencia o necesidad de atención médica, podrá acudir directamente a un hospital, a un médico de familia o a una farmacia. En principio, el hospital o el médico remitirá las facturas a “Zilveren Kruis Achmea”, aseguradora designada para tramitar los casos de personas desplazadas temporalmente.

Si por determinadas circunstancias, ha tenido que adelantar el pago de la asistencia recibida, puede remitir directamente las facturas (junto con copia de la TSE o el CPS) a la aseguradora “Zilveren Kruis Achmea” para su reembolso (parcial o total), facilitando su cuenta bancaria (indicar los códigos IBAN y BIC).

Si se encuentra ya en España, puede hacer este trámite ante el INSS. Más información en este enlace: Seguridad Social: Prestaciones / Pensiones de Trabajadores.

Si la estancia en Países Bajos se debe a que se viene a recibir un tratamiento médico específico programado, es necesario disponer de la autorización previa de la Seguridad Social española y venir provisto del formulario E-112 ES (S2).
Más información en este enlace:  Tratamiento médico programado en otro estado miembro.

Si por determinadas circunstancias, has tenido que adelantar el pago de la asistencia recibida y te encuentras ya en España, puedes tramitar el reembolso de los gastos por un tratamiento médico programado en el extranjero ante el INSS. Más información en este enlace:  Seguridad Social: Prestaciones / Pensiones de Trabajadores.

La seguridad social española