Mites Logo

Portada de La Consejería

¿Qué es la Consejería?

Nuestras funciones y Servicios

Distribución de personal

Hojas informativas y Formularios

Convocatorias

Otras direcciones

Enlaces de Interés

Quejas y Sugerencias

Portada de Novedades

Año 2026

Año 2025

Portada de Ecuador

Prestaciones Asistenciales y Asistencia Sanitaria

Seguridad social

Trabajar en Ecuador

Residir en Ecuador

La ciudadanía española en Ecuador

Igualdad y violencia de género

Portada de España

Seguridad social y asistencia sanitaria en España

Retorno a España

El trabajo de los extranjeros en España

Igualdad y violencia de género

Portada de Preguntas frecuentes

Pensiones

Asistencia sanitaria

Retorno

Prestaciones y ayuda

Retorno a Ecuador

Seguridad Social

Contacta con nosotros

  • ¿Qué es la Consejería?
  • Nuestras funciones y Servicios
  • Distribución de personal
  • Hojas informativas y Formularios
  • Convocatorias
  • Otras direcciones
  • Enlaces de Interés
  • Quejas y Sugerencias
  • Portada de La Consejería
  • Año 2026
  • Año 2025
  • Portada de Novedades
  • Prestaciones Asistenciales y Asistencia Sanitaria
  • Seguridad social
  • Trabajar en Ecuador
  • Residir en Ecuador
  • La ciudadanía española en Ecuador
  • Igualdad y violencia de género
  • Portada de Ecuador
  • Seguridad social y asistencia sanitaria en España
  • Retorno a España
  • El trabajo de los extranjeros en España
  • Igualdad y violencia de género
  • Portada de España
  • Pensiones
  • Asistencia sanitaria
  • Retorno
  • Prestaciones y ayuda
  • Retorno a Ecuador
  • Seguridad Social
  • Portada de Preguntas frecuentes
Contacta con nosotros
  • CONSEJERÍA DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL EN ECUADOR
  1. Inicio
  2. Preguntas frecuentes

Seguridad Social

Preguntas frecuentes
  • Pensiones
  • Asistencia sanitaria
  • Retorno
  • Prestaciones y ayuda
  • Retorno a Ecuador
  • Seguridad Social

Seguridad Social

Si. Los periodos cotizados en ambos países se suman, siempre que no se superpongan, para determinar el derecho a la prestación, de acuerdo con los requisitos exigidos en cada país. Si se le reconoce el derecho, cada país asumirá y pagará la parte proporcional del tiempo cotizado en el mismo.

El actual Convenio, vigente desde 1 de enero de 2011, no contempla la prestación de asistencia sanitaria. Mientras esté incluido en la Seguridad Social de uno de los dos países y resida en el mismo, tendrá derecho a la asistencia sanitaria, pero al no estar reconocido el derecho a la exportación de dicha prestación en el Convenio, no tendrá derecho a la asistencia sanitaria en caso de desplazamiento al otro país.

Debe presentarla en los Organismos de enlace que determina el Convenio, que son el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), en función del país en el que tenga la residencia en el momento de la solicitud.

Si. Para ello debe solicitarlo al Instituto Nacional de la Seguridad Social y facilitar los datos de la cuenta y entidad financiera en donde desea percibir su pensión.

 Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU                        

Next Generation UE
Logo PRTR
  • Accesibilidad
  • Aviso legal y política de privacidad
  • Mapa del sitio
  • Síguenos:
Logo MITES - Footer

© Ministerio de Trabajo y Economía Social