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  • CONSEJERÍA DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL EN ECUADOR
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Retorno

Para obtener dicho certificado, debe presentarse en esta Consejería antes de su regreso a España, aportando la documentación siguiente, para que sea adverada por la misma:

  • Baja consular (expedida por el Consulado General de España en Quito o en Guayaquil).
  • Pasaporte español vigente.
  • Constancia de trabajo que indique las fechas de inicio y terminación de su último trabajo (siempre que el mismo tenga un mínimo de 12 meses trabajados en los últimos seis años). Si en el último empleo tiene menos de 12 meses, deberá aportar también la documentación de trabajos anteriores, para completar un mínimo de 12 meses.
  • Documento que acredite sus cotizaciones al IESS durante su período de trabajo en una empresa o institución. En su defecto, recibos de salario o nóminas de los últimos 12 meses trabajados.
  • Copia de registro mercantil (acta constitutiva) y RUC de la empresa donde trabajó (no imprescindible en caso de que se trate de instituciones públicas o privadas reconocidas-transnacionales, entidades financieras, etc.).

Una vez en España, con la documentación adverada por la Consejería de Empleo y Seguridad Social, debe empadronarse en el lugar de residencia, y puede solicitar el certificado de emigrante retornado ante la Delegación o Subdelegación del Gobierno de la provincia de residencia.

Debe acreditar haber trabajado como mínimo 12 meses en los últimos 6 años desde su salida de España, ostentando la nacionalidad española, y efectuar la solicitud del subsidio ante el Servicio Público de Empleo Estatal.

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