Sí, para poder trabajar en Bolivia es necesario tener un visado. Como norma general existen 4 clases diferentes de visados:

  1. Visado de Permanencia Transitoria por Objeto determinado (Trabajo Transitorio)

    Dirigido a personas extranjeras que cumplan una tarea remunerada o lucrativa, con o sin relación de dependencia, en el territorio boliviano. Vigencia: hasta 30, 90 o 180 días dependiendo del tiempo de la actividad.

    Aplicable a personas extranjeras remuneradas por el Estado Plurinacional de Bolivia o por otro país (instancia pública o privada).

    Más información: migracion.gob.bo

  2. Visado de Permanencia Transitoria por Objeto determinado (Trabajo con Convenio Estatal o Convenio Privado)

    Dirigida a personas extranjeras que realicen actividades laborales en virtud de Acuerdos o Convenios Estatales o Privados. Vigencia: hasta 180 días calendario.

    Quedan exentos de pago los Religiosos Católicos y Metodistas.

    Más información: migracion.gob.bo

  3. Visado de Permanencia Temporal por Trabajo de 1, 2 o 3 años

    Dirigida a personas extranjeras que cumplan una tarea remunerada o lucrativa con o sin relación de dependencia, o realicen actividades en virtud de Acuerdos o Convenios Estatales o Privados.

    Quedan exentos de pago los Religiosos Católicos y Metodistas.

    Más información: migracion.gob.bo

  4. Visado de Permanencia Definitiva por Trabajo

    Autorización otorgada por la Dirección General de Migración a personas extranjeras para residir o permanecer en territorio boliviano de forma definitiva.

    Más información: migracion.gob.bo

    Para más información:

    Dirección:
    Migración de Bolivia
    Av. Camacho, 1480
    La Paz
    Teléfono: (+591)-2-211 09 60
    Web: www.migracion.gob.bo

 

  • Si necesita alguna medicación, traiga medicamentos para unas semanas (el médico en Bolivia puede decidir no recetarle los mismos medicamentos que le eran recetados en España)
  • En caso de residir en una zona de selva, es necesario estar vacunado contra la Fiebre Amarilla
  • Traiga sus títulos académicos o profesionales legalizados
  • Traiga referencias de las empresas en las que haya trabajado
  • Traiga referencias bancarias
  • Traiga dinero suficiente para pasar unas semanas (el coste de vida en Bolivia es más barato que el de España)
  • El carné de conducir español no es válido en Bolivia (el acuerdo de reconocimiento recíproco está suspendido desde 2010)
  • Bolivia sí acepta el permiso internacional de conducir

Si estaba cobrando una prestación por desempleo en España y se traslada a Bolivia en busca de trabajo, dicha prestación se interrumpe. Al regresar a España:

  • Si ha permanecido menos de un año en Bolivia, puede solicitar la reanudación de la prestación que se interrumpió al marcharse.
  • Si ha permanecido más de un año en Bolivia, no puede reanudar el cobro de la prestación, pero puede solicitar el subsidio de emigrante retornado si regresa de un país NO perteneciente a la Unión Europea o de Australia.

Más información: Servicio Público de Empleo Estatal

Advertencia: para evitar sanciones debe informar cuando se desplace al extranjero al Servicio Público de Empleo Estatal.

Los títulos académicos españoles, como tales, no valen en Bolivia, por lo que resulta necesario homologarlos. Este proceso no está centralizado y depende del área de estudio y de cada universidad boliviana.

Se trata de un proceso largo y complejo. Le recomendamos contactar con la Agencia Española de Cooperación Internacional al Desarrollo (AECID) en La Paz. Es aconsejable iniciar este proceso cuanto antes, ya que puede durar más de seis meses.
 

AECID en España:

Avda. Reyes Católicos, 4
28040 Madrid
Centralita: +34 91 583 81 00/01/02
Teléfonos de Información General: +34 91 583 85 98 | 91 583 85 99
Email: centro.informacion@aecid.es
 

Oficina Técnica de Cooperación de la AECID en Bolivia:

Av/ Arce N° 2856
La Paz
Tel: +591 (2) 243 35 15
www.aecid.bo
Email: aecid@aecid.bo

 

Ministerio de Educación:

Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones

Paseo del Prado, 28
28014 Madrid
Teléfono: 0034 91 506 55 93
Email: misabel.barrios@educacion.es

Búsqueda en la Red

Es una forma eficaz de buscar empleo, pero debe ser especialmente precavido para evitar la picaresca de presuntas agencias de empleo.
 

Ofertas de Empleo en General:

Precauciones: Tenga mucho cuidado antes de enviar dinero por anticipado o facilitar datos de su tarjeta de crédito. Existen presuntas empresas que utilizan este medio para realizar estafas.

En caso de ser objeto de estafa, presente de forma inmediata una denuncia ante la comisaría de policía más cercana. La web del Cuerpo Nacional de Policía dispone de un formulario de contacto para asuntos relacionados con phishing, estafas o fraudes por Internet.

Es muy conveniente contar con un fondo de reserva económico que le proteja en caso de perder el puesto de trabajo.
 

Voluntariado

Si le interesan el voluntariado, el trabajo social y la cooperación internacional, intente averiguar si puede adherirse a algún proyecto de cooperación internacional en Bolivia dirigido por alguna universidad española.

Actualmente existen veinticuatro proyectos de cooperación llevados a cabo por universidades españolas.

Bolivia alberga a un importante sector de voluntariado. Puede informarse en:

Existen diversas páginas en Internet que le pueden ayudar a hacer su CV:

Según lo establecido en el Convenio Multilateral de Seguridad Social, la asistencia sanitaria gratuita pueden recibirla los trabajadores o pensionistas de nacionalidad española que estén asegurados en Bolivia cuando se desplacen temporalmente a España y en caso de emergencia médica requieran asistencia.

Si usted fuera pensionista o trabaja por cuenta ajena, español de origen y residente en el exterior, podrá solicitar, en sus desplazamientos temporales a España, la prestación de asistencia sanitaria, siempre que no tengan prevista esta cobertura por alguna otra disposición.

Deberá acudir a la Consejería de Empleo y Seguridad Social para que le certifiquen esta condición. El reconocimiento de la prestación lo realizará el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

A través de un Convenio Especial por Asistencia Sanitaria para Estancias Temporales que suscriba en el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

A través de la Sede Electrónica se permite a los ciudadanos confirmar o ratificar el derecho a la asistencia sanitaria como titular o beneficiario del mismo.

Para realizar la consulta debe acceder a la sede electrónica de la Seguridad Social. En el apartado "Ciudadanos", desde la opción "Asistencia Sanitaria: comprobación del derecho", se entra en el formulario de identificación.

No es conveniente que se comprometa a ocupar un alojamiento sin saber si realmente va a poder conseguir un trabajo que esté cerca o bien comunicado con su alojamiento. No firme nada sin saber qué está firmando. Tenga mucho cuidado, sobre todo no se le ocurra enviar dinero desde España como reserva para un alojamiento si no está muy seguro de la seriedad de la persona con quien ha contactado.

Una buena opción es buscar alojamiento en un hotel, pues en Bolivia los precios de los hoteles son más baratos y son la mejor opción mientras no tenga las cosas más claras.

Algunos hoteles:

Es conveniente que se dé de alta en el Registro de Matrícula de alguno de los Consulados de España.

Consulado General de España en La Paz
  • Dirección:
    Avda. 6 de Agosto, 2845 (edificio colindante al de la Embajada)
  • Teléfonos: (591-2) 2117820 / (591-2) 2117850 / (591-2)  2117860
  • Fax: (591-2) 2117845
  • E. mailofc.lapaz@maec.es
Consulado General de España en Santa Cruz de la Sierra
  • Dirección:
    Avda. Cañoto esquina C/ Perú
  • Número piloto (centralita): +(591-3) 3346500
  • Fax: +(591-3) 3346501
  • Núm. de atención cita previa a españoles: +(591.3) 3346510
  • Correo Electrónicocog.santacruzdelasierra@maec.es
Consulado Honorario de España en Cochabamba
  • Cónsul honorario: D. Manuel Jesús Villarroel Covarrubias
  • Correo electrónicoconsulado.cbba@outlook.com
  • Dirección: Calle Tupac Amaru Nº 1830, Edificio Fenix 1-B
  • Teléfono: (+591 – 4) – 4452688
Consulado Honorario de España en Sucre
  • Cónsul honorario: D. Luis Rodríguez Calvo
  • Correo electrónico: gerencia@parador.com.bo
  • Dirección: Calle Bolívar Nº 625, Hotel Parador Santa María La Real
  • Teléfonos: (+591 – 4) – 6439592, (+591 – 4) – 6439593
Viceconsulado Honorario de España en Tarija
  • Cónsul honoraria: Dña. Ana Liebers Gil
  • Dirección: Calle Sucre 721 (entre Bolívar e Ingavi)
  • Teléfonos: (+591 - 4) - 6644446, (+591 - 4) - 6644447
Consulado Honorario de España en Trinidad
  • Cónsul honoraria: Dña. Maite Alejandra Echevarría Gutiérrez
  • Dirección: Avenida Ganadera 52
  • Teléfono: (+591 - 3) – 4623653

En primer lugar, deberá registrar la sociedad constituida y dar de alta la actividad en Fundempresa, que es una concesionaria del Registro de Comercio de Bolivia.

Será necesario realizar un control de homonimia (verificación de la disponibilidad del nombre comercial), que tiene un costo de entre 136,5 Bs. y 175 Bs. según el tipo de sociedad. Este proceso suele tardar dos días hábiles.

También deberá proceder a la actualización de matrícula de comercio (no necesaria en los dos primeros años, obligatoria a partir del tercer año). Costo: entre 455,00 Bs. y 584,50 Bs. según el tipo de sociedad.

Fundempresa:

Av. Mariscal Santa Cruz N° 1392
Tel: +591 (2) 2120802
Fax: +591 (2) 2145441
www.fundempresa.org.bo
Horario: lunes a viernes 08:00 a 12:00 y 15:00 a 19:00

Otros recursos:

Existen buenos médicos en La Paz, pero la calidad varía según el lugar. Bolivia no cuenta con un sistema sanitario universal como España, de manera que las autoridades públicas no cubrirán ningún gasto médico que pueda tener en Bolivia.

Es posible que haya seguros médicos en España que puedan cubrir incidencias en el extranjero, pero deberá informarse en dichas aseguradoras, preferiblemente antes de emprender el viaje.

Nota importante: La Embajada de España no puede proveerle de asistencia o consejo médico, hacer recomendaciones o asumir responsabilidad por la capacidad profesional e integridad de los médicos. En caso de un servicio insatisfactorio, puede enviar los detalles a: ofc.lapaz@maec.es

Póngase en contacto con el Consulado de España.

Teléfonos de Emergencias Consulares:

  • Embajada de España en La Paz (Departamentos: La Paz, Oruro, Cochabamba, Potosí, Sucre): (+591) 72026421
  • Consulado de Santa Cruz (Departamentos de Santa Cruz, Beni, Pando y Tarija): (+591) 76321421
  • Email: cog.santacru.emerge@maec.es

Los consulados pueden:

  • Expedir pasaportes o salvoconductos en caso de caducidad, pérdida o sustracción de la documentación personal
  • Dar información sobre los servicios médicos, educativos y legales del país
  • Prestar asistencia a detenidos (pero no pueden ejercer labores de defensa jurídica)
  • Adelantar, en circunstancias muy excepcionales, la cantidad necesaria para la repatriación (que deberá reintegrar al Tesoro Público)
  • Prestar servicios de Registro Civil, notariales, de legalización, o de remisión de comunicaciones e instancias a organismos españoles

Advertencia sobre tráfico de drogas: Las autoridades bolivianas toman muy en serio el tráfico de drogas. La legislación boliviana define el tráfico de drogas como "todo acto dirigido o emergente de las acciones de producir, fabricar, poseer dolosamente, tener en depósito o almacenamiento, transportar, entregar, suministrar, comprar, vender, donar, introducir al país, sacar del país (...)". Está sancionado con penas de prisión entre diez y veinticinco años, sin distinción por la cantidad transportada. Las condiciones de las prisiones bolivianas son extremadamente duras.

Existen dos tipos de votación a las elecciones en España desde el extranjero:

Españoles residentes en Bolivia inscritos en el Censo de Electores Residentes-Ausentes (CERA)
El Censo
  • El censo vigente se cierra el primer día del segundo mes anterior al mes de la convocatoria. Asegúrese de estar inscrito con anterioridad a dicha fecha.
  • El censo incluye las inscripciones de quienes tengan la mayoría de edad el día de la votación.
  • Los listados del CERA podrán ser consultados en las Oficinas Consulares 8 días a partir del sexto día posterior a la convocatoria. También existe un servicio de consulta por Internet en: sede.ine.gob.es
  • Dentro de ese plazo puede presentar reclamaciones en la Oficina Consular.
La Solicitud
  • Deberá solicitar la documentación para votar.
  • La solicitud se cursará en impreso oficial y deberá remitirse, por correo postal o fax, a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente, no más tarde del vigésimo quinto (25) día posterior a la convocatoria.
  • Al impreso deberá acompañar fotocopia del pasaporte o DNI, o certificación de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular.
El Voto

Una vez haya recibido su documentación, podrá ejercer su derecho de sufragio eligiendo una de las siguientes opciones:

  • Depositar personalmente el voto en urna en la Oficina Consular entre el quinto (5) y el tercer (3) día anteriores a la fecha de las elecciones.
  • Enviar su voto por correo certificado a la Oficina Consular no más tarde del sexto (6) día anterior a la fecha de las elecciones.
Electores españoles residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero
La Solicitud
  • Deberá inscribirse como no residente en el Registro de Matrícula Consular. Es muy importante que se le inscriba como no residente (en caso contrario, perdería su empadronamiento en el municipio español del que proceda).
  • Deberá solicitar la documentación de voto a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral no más tarde del vigésimo quinto (25) día posterior a la convocatoria.
  • La solicitud deberá entregarse personalmente en la Oficina Consular.
  • La Delegación Provincial enviará a su domicilio en Bolivia, por correo certificado, la documentación necesaria para votar.
El Voto

Una vez recibida la documentación, deberá enviar su voto a la mesa electoral, por correo certificado, no más tarde del quinto (5) día anterior a la fecha de las elecciones.

Para más información:

He acabado mis estudios en Bolivia y regreso a España, ¿qué tengo que hacer?

Lo primero es averiguar si su titulación es aceptada en España y si tiene que realizar algún trámite para su reconocimiento o convalidación.

La homologación en España de los títulos bolivianos es un proceso largo y complejo. Estos son los pasos a seguir:

1. Verificación de autenticidad del título

Presentar en la ventanilla de la Embajada de España, o de los Consulados Honorarios de España en Bolivia, tres fotocopias simples del Título en Provisión Nacional. La verificación aparecerá en la página web de la Embajada aproximadamente tres semanas después.

2. Legalización vía diplomática

Documentos a legalizar:

  • Fotocopia del Título en Provisión Nacional
  • "Certificado" original que acredite la emisión del Título (con nombres y apellidos, denominación del título, autoridad que lo expide, centro donde se realizaron los estudios, y fecha de expedición)
  • Programa analítico de todas las asignaturas cursadas (con carga horaria, contenidos y amplitud de las asignaturas)
  • Certificados originales de notas (no se exige para todas las universidades)
  • Fotocopia de pasaporte o DNI

3. Currículum académico y científico

No necesita ser legalizado.

4. Compulsa de documentos

En la Embajada, compulsar:

  • Fotocopia (anverso y reverso) del Título en Provisión Nacional legalizado
  • Fotocopia (anverso y reverso) del certificado acreditativo de la emisión del Título legalizado
  • Fotocopia (anverso y reverso) del carné de identidad o pasaporte legalizado

5. Formulario de solicitud de homologación

Rellenar el formulario en la página web del Ministerio de Educación de España.

6. Pago de tasas

Mediante ingreso o transferencia bancaria al Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) en España:

  • IBAN: ES41 0182 2370 44 0200203771
  • BIC: BBVAESMMXXX

Tasas actuales:

  • 98,83€ para homologación a título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto
  • 46,42€ para homologación a título de Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico

7. Envío de documentación

Enviar todos los documentos, junto con el formulario y el comprobante de transferencia bancaria a:

Subdirección General de Títulos, Convalidaciones y Homologaciones
Paseo del Prado, 28
28071, Madrid, España
 

Nota: El proceso de homologación puede oscilar entre 18 y 24 meses.

Es importante que lleve consigo la documentación necesaria para poder acreditar en España su relación laboral en Bolivia:

  • Certificado de la empresa o empresas en que haya trabajado (con período de empleo, actividad de la empresa y su categoría laboral)
  • Certificados académicos y de cualquier curso de formación profesional/ocupacional que haya realizado

Existe un Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social que entró en vigor para España y Bolivia el 1 de septiembre de 2011. Se aplica a:

  • Prestaciones económicas de invalidez
  • Prestaciones económicas de vejez
  • Prestaciones económicas de supervivencia
  • Prestaciones económicas de accidentes de trabajo y de enfermedad profesional

Para adquirir el derecho a las mismas se pueden sumar los períodos de seguro, cotización o empleo cumplidos en cualquier otro Estado Parte. Es importante que aporte pruebas del tiempo cotizado a la Seguridad Social boliviana

Depende de su vida laboral anterior en España, puesto que Bolivia no tiene prestación por desempleo y el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social no contempla dicha prestación.

Si antes de irse a trabajar al extranjero NO estaba cobrando prestación por desempleo en España:

  • Si NO había trabajado en España en los 6 años anteriores a su marcha:
    • Puede solicitar el subsidio de emigrante retornado (si regresa de un país NO perteneciente a la UE o de Australia)
    • Puede solicitar la Renta Activa de Inserción (con independencia del país del que proceda)
  • Si había trabajado en España en los 6 años anteriores a su marcha:
    • Puede solicitar prestación contributiva por desempleo si reúne 360 días cotizados antes de su marcha
    • Puede solicitar un subsidio si antes de marchar había cotizado entre 90 y 359 días

Si antes de irse a trabajar al extranjero estaba cobrando prestación por desempleo en España:

  • Si ha permanecido menos de un año en el extranjero: puede solicitar la reanudación de la prestación que se interrumpió al marcharse
  • Si ha permanecido más de un año en el extranjero:
    • Puede solicitar el subsidio de emigrante retornado (si regresa de un país no perteneciente a la UE o de Australia)
    • Puede solicitar la Renta Activa de Inserción (con independencia del país del que proceda)

Más información: Servicio Público de Empleo Estatal

El Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social permite que los trabajadores autónomos que se trasladen a Bolivia puedan quedar sujetos a la legislación española de Seguridad Social cumpliendo estos requisitos:

  • Cumplimentar el formulario modelo TA.200 "Solicitud de mantenimiento de la legislación española de Seguridad Social. Desplazamientos iniciales"
  • Dos ejemplares del formulario E/IB.1 (Cert.) "Certificado de legislación aplicable"

La solicitud deberá realizarse ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en un plazo mínimo de 20 días previos al traslado. Aplicable únicamente para traslados temporales (máximo 12 meses).

Si no solicitó quedar sujeto a la legislación española o estuvo más de un año en Bolivia, deberá comunicar el cese de la actividad profesional tanto a la Seguridad Social boliviana como a las autoridades fiscales bolivianas.

Sí. Las prestaciones económicas de carácter contributivo por invalidez, accidente de trabajo y enfermedad profesional están contempladas en el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, de manera que dichas prestaciones se podrán percibir con independencia de que el interesado se encuentre o resida en el territorio de otro Estado Parte.

El Convenio Iberoamericano establece que cada Estado Parte examinará y reconocerá la prestación considerando únicamente los períodos cumplidos en ese Estado. Sin embargo, existe la posibilidad de totalizar los períodos de seguro, cotización o empleo cumplidos en cualquier otro Estado Parte:

  • Cuando los períodos acreditados en un Estado Parte no sean suficientes para alcanzar el derecho a las prestaciones
  • Cuando la duración de los períodos cumplidos sea inferior a un año y, por sí mismos, no den derecho a pensión

No, los impuestos que haya abonado como residente en Bolivia no podrán deducirse ni devolverse.

Sin embargo, España y Bolivia firmaron un Convenio para evitar la doble imposición. De acuerdo con dicho Convenio, en el caso de un residente en Bolivia, se excluirá de la base imponible boliviana cualquier renta originada en España o cualquier patrimonio situado en España que pueda ser gravado conforme al Convenio.

Sí, desde el 1 de enero de 2012 la Ley General de Salud Pública extiende el derecho de asistencia sanitaria al conjunto de la población, por lo que al residir en España tendrá derecho a la misma.

Texto de la Ley: BOE-A-2011-15623 

Para mayor información contacte con la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma donde vaya a residir en España.

Dependiendo de la Secretaría General de Inmigración y Emigración, existe en España una Oficina Española del Retorno que puede ayudarle en cualquier asunto relacionado con su condición de emigrante retornado.

Teléfono: +34 91 363 62 00
Atención telemática: sede.inclusion.gob.es/buzonemigra/
Correo electrónico: consultaretorno@mitramiss.es

  • Si se dio de alta en el Registro de Matrícula Consular, pida la baja en el Consulado antes de su salida de Bolivia
  • Al llegar a España, debe empadronarse en el Ayuntamiento de su lugar de residencia
  • Revise los documentos que acrediten su relación laboral y sus cotizaciones a la Seguridad Social
  • Es importante que deje una dirección a efectos de notificaciones, sobre todo si puede recibir algún tipo de comunicación judicial, de la oficina de impuestos, etc.

En la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social estaremos encantados de contestar a sus preguntas.

Teléfono: +511 21 21 111
Emailperu@mitramiss.es
Dirección: C/ Choquehuanca, 1330, San Isidro, Lima – 27
Web: mites.gob.es - Consejería Perú