Enlace al Real Decreto 180/2026, de 11 de marzo que regula el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos para personas extranjeras en España sin residencia legal.
La norma entró en vigor el 13 de marzo de 2026.
Principales novedades:
Ampliación de beneficiarios: se reconoce el derecho a la asistencia sanitaria, siempre que no exista otra cobertura por normativa nacional o convenios internacionales, a:
- Personas españolas de origen residentes en el exterior, durante sus estancias temporales en España.
- Sus familiares, tanto en desplazamientos temporales como en caso de retorno al territorio nacional.
Definición de familiares: se consideran familiares con derecho a asistencia sanitaria:
- Cónyuge o pareja de hecho.
- Descendientes (hijos):
- Menores de 26 años a cargo, o
- Mayores de 26 años con discapacidad igual o superior al 65%, a cargo.