Con carácter general para cualquier información relativa a las condiciones de estancia y vida en Marruecos deberá dirigirse a la Web de la Embajada de España en Marruecos.
Para estancias iguales o inferiores a tres meses necesitará el pasaporte en vigor con fecha de caducidad superior a tres meses.
Para estancias superiores a tres meses o para trabajar deberá inscribirse en los 15 días siguientes a la fecha de entrada y obtener una autorización de estancia en las comisarías de policía o puestos de la gendarmería de su circunscripción.
Esta autorización de estancia es necesaria para actividades administrativas como apertura de cuenta bancaria, alta en el servicio telefónico……
El permiso de estancia tiene validez por un año renovable. La solicitud de renovación debe ser solicitada con una antelación de 2 meses antes de su finalización. Después de tres años de estancia es posible obtener el permiso de residencia por cinco años.
Los menores de 16 años no necesitan autorización de estancia. Se entiende que residen con sus padres y si viajan solos deben llevar una copia legalizada de la autorización de los padres y el libro de familia.
Las parejas de hecho no están reconocidas en Marruecos y la pareja puede tener dificultades para obtener autorización de estancia conjunta.