Los pensionistas de la Seguridad Social española y del ISM residentes en el extranjero podrán utilizar VIVESS para acreditar su vivencia anualmente durante el primer trimestre (del 1 de enero al 31 de marzo) y para rehabilitar la pensión en cualquier momento del año en el caso de no haber presentado la fe de vida en el plazo establecido. Además, tendrán la posibilidad de consultar el siguiente período de acreditación de vivencia.
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) actualiza su portal IMPORTASS para permitir la incorporación de números de teléfono móvil extranjeros.