Requisitos
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- Estar desempleado.
- Inscribirse como demandante de empleo en el plazo de treinta días desde la fecha de su retorno; mantener la inscripción y cumplir las exigencias del compromiso de actividad, participando en las políticas activas de empleo que se determinen en el itinerario de inserción.
- NO haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, desde la inscripción como demandante de e empleo.
- Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 por 100 del Salario Mínimo Interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
- Acreditar haber trabajado como mínimo doce meses en los últimos seis años desde su última salida de España, en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo, o con los que no exista convenio sobre protección por desempleo.
- No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo.
- Si retorna de un país distinto a los indicados o en el caso de haber trabajado un mínimo de seis meses, sin llegar a doce, y haber cumplido 45 años, ver el siguiente apartado, renta activa de inserción para emigrantes retornado.
- Si el trabajador tuviera derecho al «Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 55 años», percibiría éste.
Duración
- Seis meses, prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de dieciocho meses.
Percepción económica
- El 80 por 100 del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples vigente (IPREM).
Tramitación
La solicitud se formalizará en el plazo de quince días a partir del día siguiente a aquel en que se cumpla el plazo de espera de un mes establecido en el artículo 274.1 del TRLGSS desde la inscripción como demandante de empleo, en la Oficina de Prestaciones, o bien a través del Portal Sede.
La documentación que se deberá aportar es la siguiente:
- Impreso de solicitud del subsidio en el modelo oficial, que incorpora la adhesión al compromiso de actividad, los datos de domiciliación bancaria, la declaración de las rentas que obtiene el solicitante y autorización para recabar la información tributaria a la Agencia Estatal Tributaria.
- Documento Nacional de Identidad.
- Documento o documentos acreditativos del período trabajado en el extranjero y de la fecha de retorno (certificado de emigrante retornado expedido por las Áreas o Dependencias Funcionales de Empleo y Seguridad Social de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno).
- En caso de que la Entidad Gestora lo requiera, justificante de rentas.