Registro / Inicio de Actividad
Se realiza en los servicios de Finanzas, presentando un documento de identificación y el NIF portugués (se obtiene también en los servicios de Finanzas). Este trámite se puede realizar online a través del “Portal das Finanças”.
- https://www.portaldasfinancas.gov.pt/pt/home.action
- https://info.portaldasfinancas.gov.pt/pt/apoio_contribuinte/Folhetos_informativos/Documents/dicas_inicio_actividade.pdf
En este acto hay que optar por alguno de los regímenes de tributación siguientes:régimen simplificado, contabilidad organizada o acto aislado. Por defecto, los trabajadores son registrados en el régimen simplificado, debiendo obligatoriamente permanecer tres años en el.
El enlace que contiene la información más actualizada de los trabajadores autónomos en cuanto contribuyentes fiscales es el siguiente: