Los ciudadanos españoles y sus familiares tienen derecho a circular y residir libremente en Portugal durante un periodo máximo de 3 meses sin otra condición que disponer de un documento de identidad válido.
Independientemente del periodo de permanencia en Portugal, para cualquier transacción económica (contrato de alquiler, apertura de cuenta bancaria, contrato laboral, etc.), será necesario solicitar el Número de Identificación Fiscal (NIF) conocido en Portugal como “Número de Contribuinte” que se obtiene en cualquier sucursal de la Agencia Tributaria local con carácter inmediato.
Para más informaciones sobre el NIF, consulte el enlace: