Residencia temporal

La visa de residencia temporal te sirve para viajar a México, presentarte en los lugares autorizados al tránsito internacional de personas y tu propósito sea permanecer en territorio mexicano por un período mayor a 180 días y no mayor a 4 años.

Encontrarás información sobre su tramitación en el siguiente enlace

Residencia Permanente

La condición migratoria de residente permanente autoriza al extranjero (que cumpla con las condiciones señaladas en la Ley de Migración) a permanecer en México de manera indefinida con permiso para trabajar a cambio de una remuneración en México, con derecho a entrar y salir de México cuantas veces lo desee.

Se obtiene con carácter general por residencia temporal durante 4 años continuos o durante 2 años continuos si existe vínculo familiar con mexicano/a, así como por razones humanitarias o por decisión del Instituto Nacional de Migración.

Puede encontrar más información en el siguiente enlace

Normativa

El Instituto Nacional de Migración (INM o INAMI) es el órgano administrativo, desconcentrado de la Administración Pública Federal y dependiente de la Secretaría de Gobernación, al que compete aplicar la legislación migratoria vigente en México.

En su página web puede consultarse la actual normativa y los requisitos de entrada y permanencia en el país, y se recogen los diversos procedimientos migratorios relativos al ingreso y estancia en territorio mexicano, conforme a los ordenamientos establecidos en la Ley de Migración y su reglamento.

Como el INM comparte responsabilidad con la Secretaría de Relaciones Exteriores para la realización de algunos trámites hay que verificar a qué dependencia corresponde el trámite a realizar.