La norma reguladora de los visados de entrada y permanencia en Brasil es la Ley nº 6.815 de 19 de agosto de 1980.
De acuerdo con la Ley Nº 6.815/80 están previstos por la legislación brasileña las siguientes categorías de visados: de tránsito, turista, temporal, permanente, oficial y diplomático, que se otorgan a los visitantes o inmigrantes extranjeros, según los motivos del viaje.
En las páginas Web de los Consulados de Brasil en Madrid y Barcelona, los interesados pueden, también obtener información precisa acerca de los mismos.
La clasificación del visado de entrada sirve para ejercer un mejor control de la naturaleza de la actividad que desempeñará cada extranjero. Por este motivo, existe un tipo de visado específico para cada situación. En muchos casos, el criterio para la concesión dependerá de la reglamentación vigente emitida por el Consejo Nacional de Inmigración.